Descripción General de los Impuestos

Comprenda la tributación en Próspera.


Este artículo fue traducido automáticamente y está pendiente de revisión. Ver el original en inglés

En pocas palabras, existen 4 impuestos en Próspera:

ImpuestoTasa Efectiva
Impuesto sobre la Renta Personal5% del Ingreso Bruto
Impuesto sobre la Renta de Empresas1% del Ingreso Bruto
Impuesto al Valor Agregado (IVA) Minorista2.5%
Impuesto sobre el Valor de la Tierra1%

Los impuestos anteriores son los únicos impuestos que se gravan a las personas o empresas que operan en Próspera. Eso significa que la Plataforma de Gobernanza de Próspera no cobra ninguno de los siguientes impuestos:

  • Impuesto sobre ganancias de capital

  • Impuestos de Medicare

  • Impuesto sobre el patrimonio

  • Impuestos especiales (excise)

  • Aranceles de importación

  • Impuestos sucesorios

  • Impuestos sobre donaciones

  • Impuestos sobre la nómina

  • Impuestos a la gasolina (se aplica el IVA)

  • Impuestos de seguridad social

  • Impuestos al alcohol (se aplica el IVA)

  • Aranceles de exportación

Esta estructura tributaria convierte a la Plataforma de Gobernanza de Próspera en uno de los entornos más favorables desde el punto de vista fiscal en el mundo para trabajar y hacer negocios.

Un Poco Más de Detalle

Desglosemos cómo se deriva cada uno de estos números y qué significan.

Impuesto sobre la Renta Personal

El impuesto sobre la renta en Próspera es técnicamente del 10%, pero solo el 50% de su ingreso personal se considera gravable, de ahí un impuesto sobre la renta personal efectivo del 5%.

Vence el 30 de abril de cada año.

Impuesto sobre la Renta de Empresas

El impuesto sobre la renta en Próspera es técnicamente del 10%, pero solo el 10% del ingreso de su empresa se considera gravable, de ahí un impuesto sobre la renta de empresas efectivo del 1%.

Vence el 30 de abril de cada año.

Impuesto al Valor Agregado (IVA) Minorista

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) Minorista se fija en un 5%, considerándose como valor agregado únicamente el 50% del precio final de venta minorista. Esto resulta en un IVA efectivo del 2.5%.

El IVA minorista solo se aplica a las ventas minoristas finales de bienes y servicios.

  • Se define "bienes" como todas las cosas que son muebles al momento de la venta.

Vence trimestralmente; debe presentarse dentro de los 15 días posteriores al final de cada trimestre.

Impuesto sobre el Valor de la Tierra

Existe un Impuesto sobre el Valor de la Tierra del 1% sobre el valor justo de mercado de los bienes inmuebles, el cual no considera las mejoras.

Vence el 1 de enero de cada año, pero actualmente está suspendido.

Pago de Impuestos

Los impuestos pueden declararse y pagarse en línea en https://eprospera.com. Los impuestos pueden pagarse mediante tarjeta de crédito/débito, transferencia bancaria o cualquier criptomoneda que califique.

Retenciones de Impuestos

15. Personas obligadas en nombre de un no residente
(1) Una persona no residente estará obligada a pagar el impuesto, ya sea directamente o en nombre de su agente, respecto de toda su renta presunta que surja en o se derive de la PZ por cualquier oficio, profesión o negocio ejercido en la PZ, tenga o no dicho agente la percepción de los ingresos a partir de los cuales se calculó la renta presunta, y el impuesto así gravado, ya sea directamente o en nombre del agente, será recuperable por todos los medios previstos en este Estatuto con cargo a los bienes de la persona no residente o del agente.
(2) Cuando haya más de un agente, se les podrá gravar el impuesto de forma conjunta o solidaria respecto de la renta presunta de la persona no residente, y serán responsables conjunta y solidariamente del impuesto correspondiente.
(3) Toda persona obligada a pagar el impuesto en calidad de agente, o de quien sea recuperable el impuesto respecto de la renta presunta de otra persona, retendrá de cualesquiera bienes que lleguen a su posesión o control en nombre de dicha otra persona, o en su calidad de agente, la cantidad que sea suficiente para producir el monto de dicho impuesto, y por la presente queda indemnizada frente a cualquier persona respecto de su retención de tales bienes.
16. Personas obligadas respecto de cierta renta presunta de un no residente
(1) Esta sección se aplica respecto de una persona no residente que esté obligada a pagar el impuesto respecto de—
(a) sumas que se consideren ingresos que surjan en o se deriven de la PZ por un oficio, profesión o negocio ejercido en la PZ; o
(b) sumas percibidas respecto de, o que de cualquier modo se deriven directa o indirectamente de, la actuación en la PZ por un artista o deportista no residente (sea o no la persona no residente así obligada) de una actividad en su carácter de artista o deportista en, o en relación con, una ocasión o evento comercial, incluidas—
(i) cualquier aparición del artista o deportista a modo de, o en relación con, la promoción de dicha ocasión o evento; y
(ii) cualquier participación del artista o deportista en o para grabaciones de sonido, películas, videos, radio, televisión u otras transmisiones similares (ya sean en vivo o grabadas).
(2) Cuando se aplique esta sección, la persona no residente estará obligada a pagar el impuesto respecto de las sumas descritas en el subapartado (1) en nombre de cualquier persona en la PZ que haya pagado o acreditado dichas sumas a esa u otra persona no residente.
(3) Cuando una persona en la PZ de quien sea recuperable el impuesto en virtud de esta sección pague o acredite a una persona no residente (sea o no la persona no residente que está obligada a pagar el impuesto) sumas descritas en el subapartado (1), deberá, al momento de efectuar el pago o crédito, deducir de dichas sumas la cantidad que sea suficiente para producir el monto de dicho impuesto, y por la presente queda indemnizada frente a cualquier persona respecto de su deducción de dicha suma.

¿Cómo sé que los impuestos no aumentarán?

La Carta de Próspera delinea expresamente una política tributaria competitiva para Próspera. La Carta establece expresamente que solo se permiten los siguientes impuestos en los siguientes montos en Próspera, y que no pueden crearse impuestos más allá de estos a menos que se enmiende la propia Carta.

La Carta también estipula que, a partir de "lo que ocurra más tarde entre el 1 de enero de 2030 o la fecha en que la población de Residentes físicos personas naturales de Próspera supere los cincuenta mil (50,000)", los ingresos tributarios no podrán exceder el 7.5% del PIB total de la jurisdicción.

Además, una vez que la jurisdicción alcance dicha fecha o nivel de población, la deuda no podrá exceder el mayor entre el 20% del promedio móvil de 5 años del PIB total de Próspera o el 105% de la deuda nominal pendiente inmediatamente antes de que se alcance(n) el(los) umbral(es).

Esta es una mejora clave respecto del sistema estadounidense, ya que la deuda ilimitada puede conducir potencialmente a situaciones fiscales insostenibles que amenacen la salud económica, la estabilidad y la prosperidad compartida de la jurisdicción.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué sucede si no obtuve ningún ingreso durante el período fiscal? ¿Todavía necesito presentar una declaración de impuestos?

Si no tiene ingresos derivados de la ZEDE Próspera, se recomienda encarecidamente presentar una declaración de impuestos para reducir la probabilidad de una auditoría. Simplemente colocará ceros en todos los campos. Es un proceso muy sencillo que tomará menos de 3 minutos.

¿Qué sucede si tengo un negocio tipo marketplace en el que cobro un pago completo por un servicio pero solo me quedo con una pequeña comisión y transfiero el resto al proveedor del servicio? ¿Se me grava sobre el pago completo o solo sobre mi comisión?

Esto no debe considerarse asesoría legal y usted debe consultar a un abogado tributario para estos modelos de negocio a fin de comprender verdaderamente las leyes tributarias. Hay varias formas en que esto podría llevarse a cabo para optimizar los impuestos, incluyendo trasladar los impuestos a los proveedores de servicios o mantener los pagos de los proveedores de servicios en fideicomiso.

Artículos relacionados

¿Esto respondió tu pregunta?